Imagen: Jacobo Tarrío.
General | 05 sep 23
Los distintos poderes del Estado (ejecutivo, legislativo y judicial) se escriben con inicial minúscula cuando se alude a ellos de forma genérica, pero con mayúscula si forman parte de un nombre propio o si se refieren a una institución concreta.
La Ortografía de la lengua española recomienda el uso de la minúscula cuando esas expresiones se refieren «a la facultad o poder en sí», como en «El poder legislativo recae en el Congreso».
En cambio, cuando aluden específicamente a los órganos que ejercen esos poderes o facultades es preferible el uso de la mayúscula, ya que designan entonces a instituciones concretas, como en «El Poder Legislativo porteño todavía no volvió a las sesiones ordinarias» o «Disputa entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo por el control al Gobierno», donde Poder Legislativo se refiere al Congreso y (Poder) Ejecutivo al Gobierno.
También se usa la mayúscula cuando forman parte de un nombre propio, como en «Este miércoles se realizará la elección de los jueces que integrarán el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación».
Se recuerda además que la palabra ejecutivo se escribe con mayúscula cuando designa al Gobierno de una nación: «El Ejecutivo trabaja para que se apruebe el proyecto».
En cambio, las denominaciones que se aplican a los llamados poderes fácticos, formadas por la palabra poder precedida por un ordinal, se escriben en minúscula: «La prensa es conocida como el cuarto poder».